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El embargo de cuenta bancaria | Virginia Law Help

El embargo de cuenta bancaria

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Reviewed by: Jay Speer, Dana Wiggins, Sarah Morton

Intente conseguir ayuda legal gratuita o de bajo costo: 

  • Llame al 866-LEGLAID (866-534-5243) o visite virginialawhelp.org/es/obtenga-ayuda-legal para encontrar una oficina de ayuda legal en su área. 

  • También puede usar el directorio de abogados de NACA (National Association of Consumer Advocates) para encontrar un abogado. En “area of practice”, seleccione “bankruptcy” en el menú desplegable. Asegúrese de preguntar por adelantado si la primera consulta tiene costo. 

Este artículo trata sobre el embargo de cuentas bancarias en Virginia. Las reglas son diferentes en otros estados. Si no vive en Virginia, puede encontrar ayuda legal gratuita cerca de usted con la herramienta de LSC para encontrar ayuda legal

El embargo de cuenta bancaria ocurre cuando una corte ordena a su banco congelar dinero en su cuenta para pagar una deuda que usted debe. A diferencia del embargo de salario, que saca dinero de sueldos futuros con el tiempo, el embargo de cuenta bancaria ocurre rápido y se lleva todo. 

Esto es lo que pasa en el momento en que su banco recibe la orden de la corte: 

  1. Su banco congela toda su cuenta de inmediato. Todo el dinero en su cuenta se retiene y queda en manos de la corte.
  2. La cuenta permanece “bloqueada”. Cualquier dinero que llegue después, como un sueldo, un reembolso de impuestos o incluso un depósito pequeño de un familiar, también se retiene de inmediato.
  3. Esto continúa hasta la fecha de retorno indicada en su aviso de embargo. Ese es el día en que la corte decide a dónde va el dinero. 

Usted no podrá retirar dinero, escribir cheques ni usar su tarjeta de débito. Es posible que ni siquiera sepa que ocurrió hasta que intente usar su cuenta. 

En la fecha de retorno: 

  • Si no presentó un reclamo de exención antes de la fecha de retorno, la corte le entregará el dinero al acreedor.
  • Si presenta el reclamo antes de la fecha de retorno, la corte revisará su reclamo y puede devolverle todo o parte del dinero, programar una audiencia o decidir a favor del acreedor. 

Usted debería recibir un aviso sobre el embargo por correo o pegado en la puerta de su casa. Estará en papel de color e incluirá un formulario de reclamo de exención. Si no recibió nada, lea más sobre cómo averiguar para qué es su embargo.

¿Qué pasa si mis ingresos están protegidos? 

Algunos ingresos están exentos de embargo. Esto incluye: 

  • Beneficios del Seguro Social
  • SSI (Seguridad de Ingreso Suplementario)
  • Beneficios para veteranos
  • Y más 

Más información: Ingresos protegidos contra el embargo (exenciones)

Aunque sus ingresos estén exentos, el dinero en su cuenta bancaria todavía puede congelarse. Esto se debe a que, cuando el dinero exento entra en su cuenta, se mezcla con otro dinero. El banco no sabe qué dinero vino de fuentes protegidas. 

La única excepción es una cuenta bancaria que contiene beneficios del Seguro Social depositados directamente. Lea la sección “¿Qué pasa si mi cuenta bancaria solo tiene depósitos del Seguro Social?” más abajo. 

¿Cómo hago para que liberen el dinero exento en mi cuenta bancaria?

Actúe rápido. La fecha límite es la fecha de retorno en su aviso de embargo. Trate de presentar su reclamo de exención antes del cierre del día laboral el día anterior a la fecha de retorno. En algunas cortes, los secretarios empiezan a procesar los pagos a los acreedores temprano durante el día, antes de que se hayan revisado todos los reclamos. Si espera hasta la mañana de la fecha de retorno, puede perder su oportunidad. Una vez que el dinero se entrega al acreedor, no puede recuperarlo. 

Estos son los pasos: 

  1. Vaya a la corte y presente un formulario de reclamo de exención (DC-454) de inmediato. 

  2. Lleve estados de cuenta bancarios que muestren sus depósitos. 

  3. Lleve pruebas de que el dinero vino de ingresos exentos. Buenos ejemplos son los estados de cuenta del Seguro Social y las cartas de beneficios. 

¿Qué pasa si tengo una cuenta conjunta? 

Si comparte una cuenta bancaria con otra persona, todo el dinero en esa cuenta puede congelarse. Esto es cierto incluso si la otra persona no debe la deuda. Ambas personas en la cuenta deberían recibir aviso, y ambas tienen derechos. 

Para parejas casadas

La ley por lo general trata el dinero de una cuenta conjunta como dividido 50-50. La mitad pertenece a cada cónyuge.

Para titulares de cuentas conjuntas que no están casados

Usted puede argumentar que parte del dinero pertenece a la otra persona. Tiene que probar cuánto dinero puso cada persona en la cuenta. 

Por ejemplo: una madre y su hijo adulto comparten una cuenta. El hijo debe manutención infantil. El Seguro Social de la madre se deposita en esta cuenta. La madre puede presentar documentos reclamando su parte de la cuenta según sus depósitos. 

Para proteger el dinero de la otra persona

  1. Presente un reclamo de exención de inmediato
  2. Lleve estados de cuenta bancarios que muestren quién depositó qué dinero
  3. Pruebe qué depósitos pertenecen a la persona que no debe la deuda 

Hable con un abogado porque esto puede ser complicado. Consulte la sección “¿Dónde puedo obtener ayuda?” a continuación. 

¿Qué pasa si mi cuenta bancaria solo tiene depósitos del Seguro Social? 

Si su cuenta bancaria solo tiene depósitos directos del Seguro Social, se supone que el banco debe identificar eso y darle acceso a dos meses de beneficios. Si no tiene más de dos meses de Seguro Social en la cuenta, es posible que no tenga que hacer nada. 

Si tiene más de dos meses de Seguro Social en su cuenta, es posible que tenga que presentar un formulario de reclamo de exención para proteger el resto. Además, si el banco no protege los primeros dos meses por cualquier razón, puede pedirle al juez que lo corrija presentando un reclamo de exención. 

Lleve pruebas de que todo el dinero vino del Seguro Social o de otras fuentes exentas. Los estados de cuenta bancarios que muestran depósitos directos del Seguro Social son una buena prueba. Lleve estados de cuenta de varios meses si los tiene. 

La corte debería liberar el dinero si usted prueba que todo vino de fuentes exentas. 

¿Debo cerrar mi cuenta bancaria? 

Depende de cuándo la cierre: 

  • Si la cierra antes de que empiece el embargo: el acreedor no tendrá dinero que embargar. Pero asegúrese de tener otra manera de acceder a su dinero.
  • Si la cierra después de que empiece el embargo: el dinero ya está congelado. Cerrar la cuenta no le ayudará. El dinero congelado sigue congelado. 

Advertencia importante sobre el Seguro Social: nunca cierre su cuenta si recibe Seguro Social u otros beneficios por depósito directo hasta que primero abra una cuenta nueva y se asegure de que el Seguro Social se esté depositando en la cuenta nueva. 

  

Si su pago del Seguro Social intenta entrar en una cuenta cerrada, se devuelve. Puede tomar meses o incluso años arreglar esto. No recibirá sus beneficios durante ese tiempo. 

  

Siempre abra una cuenta nueva, cambie su depósito directo y asegúrese de que los beneficios realmente se estén depositando en la cuenta nueva antes de cerrar la cuenta vieja. 

¿Puedo abrir una cuenta nueva? 

Sí. Si sus ingresos son bajos o están totalmente exentos, puede:  

  • Abrir una cuenta bancaria nueva en otro banco
  • Cambiar su depósito directo a la cuenta nueva
  • Usar solo la cuenta nueva para depósitos futuros 

Esto protege ingresos exentos, como: 

  • Sus salarios están por debajo del límite de embargo, O
  • Ingresos exentos (como el Seguro Social) 

Importante: 

  • Antes de cerrar su cuenta vieja, asegúrese de que su Seguro Social se esté depositando en su cuenta nueva.
  • Asegúrese de que sus ingresos estén protegidos antes de hacer esto. Si sus ingresos no están exentos, el acreedor podría embargar la cuenta nueva también.
  • Si le debe dinero al banco donde tiene su cuenta, el banco podría sacar el dinero de su cuenta. Esto se conoce como compensación, y debería considerar abrir una cuenta en otro banco. 

¿Dónde puedo obtener ayuda? 

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